Herramienta gratuita

Calculadora de plusvalías 2026

Introduce los importes de compra y de venta para conocer al instante el IRPF a pagar. Acciones, ETF y criptomonedas: tipos de la base del ahorro del 19% al 28%.

Herramienta orientativa con fines informativos. El cálculo aplica los tramos de la base del ahorro del IRPF sobre la ganancia introducida y no tiene en cuenta otras rentas del ahorro del ejercicio, compensaciones ni tu situación personal. No constituye asesoramiento fiscal ni sustituye la opinión de un profesional. Las normas pueden cambiar. Ante cualquier duda, consulta a la Agencia Tributaria (AEAT) o a un asesor fiscal.

El principio: la plusvalía tributa en la base del ahorro

En España, la ganancia obtenida al vender acciones, ETF, fondos o criptomonedas es una ganancia patrimonial. Se integra en la base del ahorro del IRPF y tributa por tramos. Si compras valores por 5.000 € y los vendes por 8.000 €, la ganancia de 3.000 € se grava dentro de la base del ahorro del ejercicio.

No existe una envoltura fiscal específica para la tenencia de valores como el PEA francés. La supervisión de los mercados y de los intermediarios financieros corresponde a la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), y las operaciones se declaran en la Renta anual.

Los tramos de la base del ahorro

La base del ahorro se grava de forma progresiva: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 € a 50.000 €, 23% de 50.000 € a 200.000 €, 27% de 200.000 € a 300.000 € y 28% a partir de 300.000 €. Como en cualquier escala por tramos, cada porción de la ganancia tributa a su tipo, no toda al tipo más alto.

La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor de adquisición (compra), incluyendo en cada caso los gastos y comisiones asociados. Por eso conviene guardar los extractos del bróker: reflejan el precio de compra real y las comisiones deducibles.

Compensación de pérdidas

Las pérdidas patrimoniales se compensan primero con las ganancias patrimoniales del mismo ejercicio. Si el saldo sigue siendo negativo, puede compensarse hasta el 25% con los rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro (dividendos, intereses). El importe que reste se arrastra y se compensa en los cuatro ejercicios siguientes.

¿Y las criptomonedas?

El principio es el mismo. La ganancia por vender o permutar criptoactivos es una ganancia patrimonial que se integra en la base del ahorro, con los mismos tipos del 19% al 28%. Cada transmisión (venta por euros o permuta entre criptos) genera un hecho imponible que debes declarar en la Renta. Mantener el histórico completo del exchange facilita el cálculo del precio de adquisición.

Qué debes declarar

Las ganancias y pérdidas patrimoniales del año se declaran en la Renta (IRPF). Los dividendos e intereses tributan también en la base del ahorro como rendimientos del capital mobiliario. Conserva los relevés anuales de tu bróker: sirven para determinar el valor de adquisición y como justificante ante la Agencia Tributaria.

Pasar a la acción

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La elección del bróker influye directamente en tu rentabilidad neta: comisiones de compraventa, coste de cambio de divisa, acceso a ETF y a criptoactivos, moneda de la cuenta. HelloBrokers compara las plataformas con criterios independientes para ayudarte a encontrar la que encaja con tu perfil.

Invertir conlleva un riesgo de pérdida de capital. Las rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.

Preguntas frecuentes

¿Tributan las plusvalías de bolsa en España?
Sí. La ganancia obtenida al vender acciones, ETF, fondos o criptomonedas es una ganancia patrimonial que se integra en la base del ahorro del IRPF. Se grava por tramos, con tipos que van del 19% al 28% según el importe total de la ganancia neta del ejercicio.
¿Qué tipos se aplican en 2026?
La base del ahorro tributa por tramos: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 € a 50.000 €, 23% de 50.000 € a 200.000 €, 27% de 200.000 € a 300.000 € y 28% a partir de 300.000 €. Los tramos se aplican de forma progresiva, no todo al tipo más alto.
¿Puedo compensar las pérdidas?
Sí. Las pérdidas patrimoniales se compensan primero con las ganancias patrimoniales del mismo ejercicio. Si queda saldo negativo, puede compensarse hasta el 25% con los rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro. El resto se arrastra y se compensa en los cuatro ejercicios siguientes.
¿Las criptomonedas tributan igual?
Sí. La ganancia por vender o permutar criptomonedas es una ganancia patrimonial que se integra en la base del ahorro, con los mismos tipos del 19% al 28%. Debes declarar cada transmisión en la Renta; conviene conservar el histórico de operaciones del exchange.
¿Qué tengo que declarar?
Las ganancias y pérdidas patrimoniales se declaran en la Renta anual (IRPF). Conserva los extractos anuales de tu bróker: facilitan el cálculo del precio de adquisición y sirven de justificante. La supervisión de los mercados y de los intermediarios en España corresponde a la CNMV.